En el Post de hoy vamos a tratar el manipular alimentos para niños, en comedores escolares.

Somos muchos los padres con la necesidad de dejar a nuestros hijos en los comedores escolares, por varias razones, aunque la más usual siempre sea por motivos laborales.

Muchos padres tienen que dejar a los niños desde muy temprano en el colegio, incluso a desayunar.

Hay comedores escolares que cuentan con cocinas propias, donde, desde muy temprano, empiezan a preparar la comida diaria, incluido el desayuno, cocineros y personal cualificado, preparado para manipular alimentos. Otros centros optan por catering externos, al no tener cocinas muchos de los centros educativos.

Los comedores escolares deben ceñirse a la LEY DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN 17/2011:

Este documento, dirigido a los responsables de la gestión del servicio de comedor escolar en los centros educativos, establece los requisitos para el diseño de una dieta equilibrada para los estudiantes. Recomienda una serie de alimentos y bebidas que deberían estar presentes en la oferta alimentaria de los centros educativos por su valor nutricional y por su contribución a la prevención de la obesidad infantil.

El artículo 5 de este documento está dirigido a los escolares con necesidad de menús especiales (intolerancias, alergias alimentarias, u otras enfermedades que así lo exijan). Establece que, siempre que estas necesidades estén certificadas por medio de un informe médico,  se elaborarán menús especiales adaptados a las  alergias o intolerancias y que, en caso de que esto no sea posible, se “facilitarán los medios de refrigeración y calentamiento adecuados (…) para conservar el menú especial proporcionado por la familia”.

En cuanto a la alimentación en el ámbito escolar, esta ley establece, en su artículo 40,  las medidas especiales dirigidas al ámbito escolar, dando rango de norma a los aspectos establecidos con anterioridad en el Documento de Consenso sobre la alimentación en los centros educativos.

Así:

Art. 40.4. “Las escuelas infantiles y los centros escolares proporcionarán a las familias, tutores o responsables de todos los comensales, incluidos aquellos con necesidades especiales (intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades que así lo exijan), la programación mensual de los menús, de la forma más clara y detallada posible, y orientarán con menús adecuados, para que la cena sea complementaria con el menú del mediodía. Así mismo, tendrán a disposición de las familias, tutores o responsables de los comensales la información de los productos utilizados para la elaboración de los menús, que sea exigible por las normas sobre etiquetado de productos alimenticios”

Como vemos la ley detalla de forma objetiva los pasos que deben seguir a la hora de realizar los menús, recomienda el tipo de alimentación que deben seguir e incluso hace alusión a los menús que han de comer los niños con intolerancias o alergias alimentarias, pero…¿Estamos seguros de que al manipular alimentos en los comedores escolares se toman todas las precauciones necesarias?

Desde aquí llamar a la calma a todos lo padres, debemos estar tranquilos, nuestros hijos están en buenas manos, Sanidad controla todo minuciosamente, pero… todo ser humano podemos cometer algún error, incluso,  al manipular alimentos, desde estas líneas y para su tranquilidad mi humilde opinión es que si su hijo no tienen niveles muy elevados de intolerancia los lleve al correspondiente comedor escolar de su colegio, pero…si la intolerancia es muy elevada, por favor, no se la juegue!!!! e intente acoplar a su hijo con un familiar o una persona de confianza que sepa que no le pueda fallar!!! No es lo mismo dar de comer a un niño que a 300.